LA CAPTURA EN FLAGRANCIA
Tema: LA CAPTURA EN FLAGRANCIA Objetivo: Conocer las normas y procedimientos que aplican la captura en Flagrancia en Colombia. Constitución Política de Colombia: El artículo 32 de la Constitución Política de Colombia establece que el delincuente que es sorprendido en flagrancia, es decir, mientras comete un delito, puede ser aprehendido por las autoridades o por cualquier persona. Si la autoridad persigue a quien ha sido sorprendido en flagrancia y este buscara refugio en su domicilio, la autoridad podrá ingresar a él para capturarlo. Pero si se refugia en el domicilio de un tercero, este deberá a utorizar a la autoridad para que pueda ingresar. La flagrancia es consagrada como una excepción a la regla general de que ninguna persona puede ser detenida si no existe orden judicial. La idea es que existe una reserva judicial, para poder detener a una persona, es decir, solo el juez...